lunes, 25 de enero de 2010

Ciudadanía italiana


La ciudadanía italiana se basa sobre el principio del ius sanguinis (derecho de sangre), por el cual el hijo nacido de padre italiano o de madre italiana es italiano; de todos modos se debe tener presente que la madre ciudadana transmite la ciudadanía a los hijos menores solo a partir del 1º de enero de 1948, desde la entrada en vigor de la Constitución.
Actualmente, la ciudadanía italiana es regulada según la ley n.91 del 5/12/1992 que, a diferencia de la ley anterior, reevalúa la voluntad individual en la adquisición y en la pérdida de la ciudadanía y reconoce el derecho de tener más ciudadanías, salvo los casos previstos en acuerdos internacionales.




Consulado General de Italia en Rosario

Montevideo 2182 (Montevideo y Oroño)
(S2000BSR)
ROSARIO (Santa Fe)

Teléfono (0054) 0341-4407020/21/22
Fax (0054) 0341-4258189
Email: segreteria.rosario@esteri.it

La circunscripción consular de Rosario se extiende sobre las siguientes provincias:

Santa Fe
Buenos Aires
(sólo los partidos de Pergamino, Arrecifes,
Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Colón, Ramallo, Rojas y Salto)
Entre Ríos
Chaco
Corrientes
Misiones
Formosa


Para mayor información consultar con la fuente.

Fuente: Consulado General de Italia en Rosario [en línea]
Disponible en : http://www.consrosario.esteri.it/Consolato_Rosario/Menu/I_Servizi/Per_i_cittadini/Cittadinanza/
Consulta: 25/01/2010

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